Patrimonio y paisaje en España y Portugal. De lo singular a lo territorial

Mª Isabel Martín Jiménez

La protección y conservación del patrimonio se hace, en un principio, a título individual y en relación con el arte, la naturaleza o la historia; es el monumento o el parque natural “per se”. Al valor singular se añaden pronto otras consideraciones y se van incorporando aspectos culturales hasta llegar al paisaje y al patrimonio territorial. En la actualidad, el patrimonio se asocia con la interacción entre el grupo humano y la naturaleza en un espacio determinado a lo largo del tiempo; es pues un “palimpsesto” que conserva las huellas de generaciones anteriores y sobre él ponemos nuevas letras que lo convierten en un recurso para el desarrollo territorial.

El patrimonio en las recomendaciones internacionales

De manera muy sintética podemos decir que se pasa del monumento al monumento histórico, del monumento histórico al conjunto histórico, y de ahí al patrimonio cultural y natural que desemboca en el paisaje cultural. Los textos emanados desde las instancias internacionales nos marcan este paso. La Carta de Atenas de 1931, de conservación de monumentos de Arte e Historia, centra sus esfuerzos en salvaguardar las obras maestras en las cuales la civilización ha encontrado su más alta expresión. La Carta de Venecia de 1964 considera al monumento asociado al ambiente urbano o paisajístico en el que se inserta e incorpora el significado cultural.

EL PATRIMONIO ES UN PALIMPSESTO SOBRE EL QUE PONEMOS NUEVAS LETRAS

En la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural, auspiciada en 1972 por la UNESCO y celebrada en París, se establecen los principios del Patrimonio Mundial de la Humanidad en función tanto de los valores culturales como de los naturales, se acotan las categorías de monumentos, conjuntos y lugares y se da paso a la Lista del Patrimonio Mundial de la Humanidad. En 1992, el Comité de la Convención del Patrimonio Mundial añade al listado los paisajes culturales como “obras combinadas de la naturaleza y el hombre”

El Generalife, incluido como Bien cultural en la categoría de Monumento, junto con la Alhambra en la lista del Patrimonio Mundial en 1984 (Granada, España).
El Generalife, incluido como Bien cultural en la categoría de Monumento, junto con la Alhambra en la lista del Patrimonio Mundial en 1984 (Granada, España).
Viñedos cultivados en bancales en el Alto Douro Vinhateiro, considerados Paisaje Cultural Patrimonio de la Humanidad en 2001 (Portugal).

El patrimonio de España y de Portugal catalogado Patrimonio Mundial recoge en parte la evolución señalada. Primero se incorporaron monumentos culturales, como la Alhambra y el Generalife de Granada en 1984 o el Mosteiro da Batalha en 1983, y naturales: el Parque Nacional de Garajonay; después conjuntos como la Ciudad Vieja de Salamanca o el Centro Histórico de Guimarães y, con posterioridad en 2001, paisajes culturales como el de Aranjuez o el del Alto Douro Vinhateiro.

Las normativas nacionales de conservación del patrimonio

El devenir de las normas nacionales que protegen el patrimonio construido y el natural en España y en Portugal han ido de la mano, tanto en la secuencia como en la incorporación de las recomendaciones surgidas en el ámbito internacional. Primero se preocupan por el legado histórico y artístico de los pueblos que habitaron la Península Ibérica desde la prehistoria, y lo consideraron una riqueza; después se fueron sumando a las propuestas de la UNESCO, aunque en ambos países la legislación atiende de manera independiente los bienes culturales y los naturales.

DEL MONUMENTO ARTÍSTICO AL CONJUNTO HISTÓRICO

Y DE AHÍ AL PAISAJE CULTURAL

La preocupación por la salvaguarda de los bienes patrimoniales hunde sus raíces en el siglo XVIII y se vincula con las Reales Academias de la Historia, y en el caso de España también con la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, que instan a conservar y proteger los edificios histórico-artísticos. En este primer avance primaba el carácter monumental de la obra de arte y los aspectos históricos; con posterioridad se sucederán distintas declaraciones que incorporan, además, el “interés público” o el “valor para el municipio” entre los requisitos para que un bien sea catalogado como monumento, al tiempo que se señala la necesidad de proteger su entorno y, ya en la segunda mitad del siglo XX, se avanza en los aspectos culturales y en el paisaje. Los espacios naturales siguen un camino similar: primero se declaran espacios singulares como Parque Nacional, después se atiende a su valor y su representatividad.

Fruto de la evolución del concepto de patrimonio y de su concreción legislativa en los dos países ibéricos se ha protegido mayoritariamente monumentos, casi tres cuartas partes de los bienes clasificados, mientras que los conjuntos apenas representan el 10 por ciento. El patrimonio natural se asocia directamente con los Parques y la superficie reservada a los Paisajes Protegidos oscila entre el 2 por ciento en Portugal y el 3 por ciento en España del total catalogado.

Patrimonio, paisaje y ordenación del territorio, a modo de conclusión

La trayectoria de la protección y conservación de los bienes, tanto culturales como naturales, ha recorrido el camino que lleva desde la consideración singular a la relación con el tiempo y con el lugar en el que se asientan y a la valoración del paisaje; y al valor intrínseco se ha sumado el valor de uso, sobre todo para el turismo, que convierte al patrimonio en un recurso para el desarrollo de los territorios.

La sensibilidad por el patrimonio territorial, por su ordenación y gestión, aparece en las recomendaciones internacionales y en las políticas nacionales. El Convenio Europeo del Paisaje, firmado en Florencia en 2000 introduce la dimensión social del paisaje, considerado como un elemento de bienestar, y se avanza en la necesidad de una gestión y ordenación responsable más allá de la mera conservación. Las normas estatales y regionales siguen esa senda y consideran el patrimonio un objetivo prioritario para la ordenación del territorio. Se abre así una nueva puerta para el patrimonio territorial.

Para mayor información:

MARTÍN JIMÉNEZ, Mª Isabel. Patrimonio y paisaje en España y Portugal. Del valor singular a la integración territorial. En Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles, 2016, nº 71, p. 347-374. ISSN 0212–9426. Disponible en <http://www.age-geografia.es/ojs/index.php/bage/article/viewFile/2286/2181>

Mª Isabel Martín Jiménez es profesora del Departamento de Geografia de la Universidad de Salamanca (España). imaji@usal.es