María Andreina Salas-Bourgoin1
La distribución territorial del poder en Venezuela, desde 2006, ha sido un rompecabezas en constante disputa. El territorio nacional se ha cortado, armado, recortado y rearmado según los intereses políticos del gobierno nacional, privando en ello la centralización y la discrecionalidad al otorgar o retirar cuotas de poder.
El rompecabezas administrativo
Los años 80 y 90 del siglo XX fueron icónicos en la distribución territorial del poder en Venezuela. Con base en la Constitución de 1961, se permitió la elección directa de gobernadores y alcaldes, y se transfirieron competencias a estados y municipios junto con los recursos públicos necesarios para ello.
Con la Constitución de 1999, se vislumbraba la profundización de la descentralización. Sin embargo en 2007, en un intento por reformarla, el Presidente Hugo Chávez presentó un proyecto que daba al traste con los avances logrados, pues proponía modificar la división político-territorial y concentrar el poder. Sin embargo, en un momento de cordura, los venezolanos la rechazaron.
Ante el resultado, el gobierno nacional se abocó a incorporar en el ordenamiento jurídico nacional, los principales contenidos del proyecto rechazado, con anuencia del Tribunal Supremo de Justicia. Destaca de ello, la creación (2010) de los inconstitucionales Poder Popular y Estado Comunal, y la transferencia de competencias municipales a organizaciones comunales superpuesta a los estados y municipios ya que, según la Constitución de 1999, la transferencia de competencias a la ciudadanía organizada sólo se puede realizar desde el municipio. El resultado: retorno al centralismo, pero esta vez, fundado en la relación directa organización comunal-poder nacional, que: a) relega a estados y municipios; b) permite que el poder nacional rija el empoderamiento de las comunidades, excluyendo a aquellas no organizadas bajo los preceptos del ‘socialismo’ como doctrina y c) hace inoperantes a las autoridades electas.
El rompecabezas financiero
La reducción de los recursos asignados a estados federales y municipios es otra estrategia para la redistribución territorial del poder pues, dentro del gran reparto nacional, ahora se incluyen a los consejos comunales, comunas y misiones sociales, como si fueran entes con personalidad jurídica y patrimonio propio. Las misiones sociales son programas sociales creados por el Presidente de la República para atender las necesidades fundamentales y urgentes de la población. Son administradas directamente desde el Ejecutivo Nacional y los recursos que las sustentan no forma parte del Tesoro Nacional y son asignados a discreción por el Presidente la República.
La inequidad en tal distribución es la orden del día (cuadro 1): en 2011, alcaldías de los estados Barinas, Falcón, Guárico y Lara recibieron menos recursos por número de proyectos que las organizaciones del Poder Popular correspondientes.
Cuadro 1: Distribución del Fondo de Compensación Interterritorial (Bs)
Estados | Gobernaciones | N° proyectos | Alcaldías | N° proyectos | Poder Popular | N° proyectos* |
Barinas | 197.142.367,00 | 137 | 113.890.410,00 | 396 | 127.966.373,00 | 125 |
Falcón | 219.692.597,00 | 133 | 241.622.076,00 | 811 | 260.690.899,00 | 372 |
Guárico | 208.385.507,00 | 90 | 153.058.905,00 | 270 | 197.427.348,00 | 119 |
Lara | 222.350.020,00 | 33 | 153.255.930,00 | 134 | 214.949.067,00 | 199 |
*Únicos datos desagregados, disponibles para el año en cuestión.
Fuente: elaboración propia a partir del Informe de Ejecución Financiera 2011 del Consejo Federal de Gobierno y del Boletín N° 13 del Consejo Federal de Gobierno.
El problema (cuadro 1) no subyace en quién recibió más recursos, sino en la discrecionalidad al momento de distribuirlos, pues ello depende de la propia disputa al interior de los grupos que los administran. Así, la conformación de los consejos comunales difiere altamente en todo el territorio nacional y se asocia a vínculos con los personeros gubernamentales, contradiciendo los argumentos que ‘políticamente’ le fundamentan: la distribución equitativa de los medios para la democracia participativa y la autogestión.
A través de dos casos: Miranda y el Distrito Capital (cuadro 2), se puede apreciar la diferencia en la asignación de recursos. Mientras que Miranda, con más población y consejos comunales, recibió 8,78% de los recursos asignados a escala nacional a estas organizaciones, el Distrito Capital recibió 16,33% de los mismos. Dos explicaciones aplican: el Distrito Capital es sede del poder central y el gobierno estadal de Miranda es opositor al gobierno nacional.
Cuadro 2: Relación número de consejos comunales, población total y recursos asignados al Poder Popular según estados seleccionados, 2011
Estados | N° consejos comunales | % | Población total | % | Recursos asignados al Poder Popular (Bs.) | % |
Distrito Capital | 1.466 | 3,56 | 1.943.901 | 7,14 | 726.034.903 | 16,33 |
Miranda | 3.187 | 7,73 | 2.675.165 | 9,83 | 390.278.341 | 8,78 |
Fuente: elaboración propia con base en datos del Instituto Nacional de Estadística, El Intersocial (10.06.2011) y el Informe de Ejecución Financiera 2011 del Consejo Federal de Gobierno.
La Ordenación del territorio y el rompecabezas
Otro aspecto del rompecabezas que representa el territorio para el gobierno nacional es la ordenación del territorio, tan tamizada por intereses políticos en conflicto que, desde 2003, se han planteado cinco proyectos infructuosos de reforma de la ley orgánica que la rige.
Entre los cambios que se plantea hacerle, están: 1) incorporación de autoridades de libre designación y remoción por el Presidente de la República, a los que se subordinarán gobernadores y alcaldes; 2) creación de nueve tipos de planes de ordenación del territorio sancionados por decreto del Ejecutivo Nacional; 3) supresión de la competencia constitucional otorgada al municipio, para ordenar su territorio como un todo y 4) subordinación del ordenamiento urbanístico al ordenamiento hecho por comunas y consejos comunales. Vista así, la ordenación del territorio es autodestructiva, inoperante y contraria a la Constitución, porque el interés del poder nacional por el territorio, radica en su utilidad como instrumento de control político para imponer acciones y voluntades.
Conclusiones
El nuevo reparto del poder en el territorio venezolano se resume en tres dispositivos: 1) traspaso directo y discrecional de recursos públicos a comunidades, en desmedro de los estados y los municipios; 2) transferencias, fuera del marco legal, de competencias estatales y municipales al Poder Popular y 3) creación de una estructura territorial paralela a la constitucionalmente establecida, que responde a lineamientos presidenciales, sin autoridades electas directamente.
En un escenario de subordinación total de la ciudadanía al gobierno nacional, el nuevo reparto del poder se basa en el denominado Poder Popular con competencias gestoras, contraloras y deliberantes que se solapan con los subniveles del poder público, manejando cuotas de poder político y económico, en algunos casos, mayores que la de los estados y municipios. Un Poder Popular que sientan las bases de un gobierno que exalta la figura del Presidente y abre puertas al autoritarismo en sus diferentes expresiones, matices y consecuencias.
Mayor información en
SALAS-BOURGOIN, María. Dinámica territorial del poder político en la Venezuela contemporánea (1961-2013). Cuadernos de Geografía, vol. 25 (1): 95-109, enero-junio 2016.
ISSN En línea: 2256-5442
1 La autora es Profesora Asociada a Dedicación Exclusiva del Instituto de Geografía y Conservación de Recursos Naturales, Universidad de Los Andes. Mérida, Venezuela. bourgoin@ula.ve
Actualmente, cursa el Doctorado en Estudios Políticos de la misma Universidad.